22467 Sesué (Huesca) Tel. : 974.553.554 -Fax. : 974.553.807 - Fotografía Ángel Sahún - Resolución optima de visualización 1.024x768 |
| INFORMACIÓN TURÍSTICA | ||
| INFORMACIÓN MUNICIPAL | ||
Solicitud de Alta en el Padrón de Habitantes
El Padrón es el registro que acredita la residencia y el domicilio de los vecinos del municipio a todos los efectos administrativos.
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año.
El vecino tiene derecho a conocer la información que consta en el Padrón sobre su persona y a exigir su rectificación cuando sea errónea o incorrecta.
Los datos que se hagan constar en la hoja patronal permitirán la actualización del Padrón en el municipio.
Legislación aplicable: La Ley 4/1996, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón municipal, y el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
Para solicitar usted el alta en el padrón de habitantes deberá presentar la siguiente documentación:
Una vez presentada la documentación en el Ayuntamiento, se cotejarán los datos referentes al nombre de la calle, número de portal, etc, aportados por usted con los del callejero municipal y el padrón, y le facilitaremos la “Hoja patronal” ,cumplimentada por el Ayuntamiento, que deberá firmar.
Pulse aquí para acceder al documento “Instancia general”
SOLICITUD DE CERTIFICADO
Deberá presentar una “Instancia general” con todos sus datos y el certificado que solicita (empadronamiento, convivencia, documentos,…9.
Así mismo deberá abonar las tasa correspondiente por expedición de certificaciones regulada en la Ordenanza Fiscal nº 7, Reguladora de la tasa por expedición de documentos a instancia de parte.
Pulse aquí para acceder al documento “Instancia general”